Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 32864IVINC

N° Receptoría:

Fecha: 2012-07-11

Carátula: SANTOS GENCHI SA y EXPLOTACIONES RURALES INACAYAL SCA S-Quiebra S/ INCIDENTE (Concursos y quiebras) (Distribución de Fondos)

Descripción: Se requiere el principal a CA oficio Ordena pagos x secretaría

Expte. 32864IV.-

//neral Roca, 10 de julio de 2012.-j

Téngase presente lo manifestado por la Sra. Síndico y siendo exacto lo manifestado e independiente la merituación del proyecto de distribución respecto de la consulta sobre los honorarios regulados que debe hacerse al Tribunal de Alzada, requiérase en forma urgente el expte. principal a la Cámara de Apelaciones.-

En razón de lo expuesto, fórmese incidente por separado a fin de no postergar el pago de los importes a favor de los acreedores, formado éste devuélvase las actuaciones a la Cámara de Apelaciones a los fines previstos oportunamente.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

General Roca, 10 de julio de 2012.-

A la

CÁMARA DE APELACIONES CIVIL

G e n e r a l R o c a

Oficio Nro. 959

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "SANTOS GENCHI S.A y EXPLOT. RURALES INACAYAL S.C.A S/ QUIEBRA (Antes Concurso)" (Expte. 32864IV) que tramitan por ante este Juzgado CIVIL Nro. III, Secretaría Ùnica, sito en San Luis 853 de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar el presente a fin de solicitar la devolución de las actuaciones del rubro al sólo efecto de certificar sobre el proyecto de distribución presentado y formar incidente por separado.-

Sin otro motivo, saludo atte.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

Expte. 32864IVINC.-

//neral Roca, 11 de julio de 2012.-j

Atento a que la nueva distribución de fondos no es coincidente con el de fs. 4433/37 en razón que la Sindicatura toma en cuenta los honorarios regulados, se pone a disposición de las partes, previo a su aprobación definitiva.-

Sin perjuicio de ello, debido a la proximidad de la feria judicial es conveniente autorizar los pagos a los interesados puesto que aún existen bienes pendientes de liquidación a fin de readecuar los importes de créditos, en caso de ser necesario.-

Respecto de los honorarios, habiendo sido confirmados por Cámara de Apelaciones en sus porcentajes en los ya elevados en consulta, manteniéndose el mismo porcentaje y existiendo aún montos a distribuir hasta culminar el proceso de liquidación, líbrense los cheques por los montos de los honorarios regulados en primera instancia, con la salvedad que si hubiese modificaciones por el nuevo Tribunal de Alzada, se readecuarán en su oportunidad en un nuevo proyecto de distribución.-

Agréguese copia al presente incidente de los créditos reservados a fs. 4436 para el caso que se solicite su extracción.-

En consecuencia, líbrese oficio al Banco Patagonia S.A., sucursal local, a fin de que:

- transfiera de la cuenta de autos Nro. 730090163 a la cuenta de la DIRECCION GRAL. RENTAS de Río Negro (Cta. Nro. 900001758) la suma de $1.124,90 en concepto de retención del impuesto sobre los Ingresos Brutos; y

-abone a la Cra. SUSANA GRACIELA DANIELE (DNI 13.175.254) la suma de $66.931,55 en concepto de: total de honorarios regulados más el IVA correspondiente y menos ingresos brutos.-

Asimismo y en virtud de la autorización de fs. 6, líbrese oficio al Banco Patagonia S.A., sucursal local, a fin de que:

- transfiera de la cuenta de autos Nro. 730090163 a la cuenta de la DIRECCION GRAL. RENTAS de Río Negro (Cta. Nro. 900001758) la suma de $480.- en concepto de retención del impuesto sobre los Ingresos Brutos sobre honorarios de la Dra. Rodriguez Carriquiriborde; y

-abone a MARCELO GUSTAVO OROFINO (DNI 20.045.329) la suma de $29.760.- en concepto de: total de honorarios regulados a la Dra. Adriana Rodriguez Carriquiriborde, más el IVA correspondiente, más el 5% de Caja Forense ya abonado según boleta de fs.4 y menos ingresos brutos.-

Líbrense cheques a los acreedores enunciados a fs. 1 y por los importes indicados en columna "Monto a Pagar", incluyéndose el importe de fs. 18 -según corresponda-.

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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