Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 41735

N° Receptoría:

Fecha: 2012-07-10

Carátula: AVALON CREDITOS PERSONALES S.A. C/ RODRIGUEZ Rossana Noemi S/ EJECUTIVO

Descripción: a REsolver resolucion

General Roca, 10 de julio de 2012.s-

Téngase por contestado en tiempo y forma el traslado conferido en autos.-

Pasen las presentes actuaciones A RESOLVER.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

General Roca, 10 de julio de 2012.-

Y VISTOS: Para resolver en estos autos caratulados: AVALON CREDITOS PERSONALES S.A. c/ RODRIGUEZ ROSSANA NOEMI (Expte. 41.735 -III- 12).-

A fs.9 se dicta sentencia monitoria contra la ejecutada por la suma de $ 4.910 con más intereses, costos y costas.-

Notificada ésta a fs.14 comparece a fs.22 oponiendo excepción pago parcial por valor $ 1.173.-, acompañando recibos de pago por las sumas abonadas. Corrido traslado a fs.23, se presenta la ejecutante a fs.25 allanándose a la excepción, reconociendo el importe cancelado y solicitando que prospere la acción por $ 3.737.-

Solicita además costas por su orden. En razón de lo expuesto respecto de la excepción opuesta, se imponen costas por su orden y se regulan honorarios tomando en cuenta el monto de pago parcial involucrado.-

Por lo expuesto y lo dispuesto por los arts. 71 y 544 inc.6 del C.P.C.

RESUELVO: Hacer lugar a la excepción de pago parcial de $ 1.173.- opuesta por la ejecutada ROSSANA NOEMI RODRIGUEZ, y mandar llevar adelante la ejecución hasta tanto la misma haga al acreedor AVALON CREDITOS PERSONALES pago de la suma de $3.737.- con más los intereses, costos y costas de la ejecución. Regulo los honorarios del Dr. Jesús Pablo Maida en $925.- (M.B. $ 3.737 arts.6, 7, 8 Y 41 ley 2212)

Por la excepción costas por su orden. Regulo los honorarios de los Dres. Jesús Pablo Maida en $ 150.- y Miguel Parra Segura en $ 150.- (M.B $1.173.- arts. 6, 7, 8 y 41 ley 2212).-

Téngase por modificada la suma de capital determinada a fs.9, manteniéndose las demás condiciones expuestas a fs.9/10.-

Notifíquese, regístrese y cúmplase con la ley 869 .-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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