Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0361/2004

N° Receptoría:

Fecha: 2012-07-05

Carátula: DIRECCION GENERAL DE RENTAS C/ RIVAS JUAN PABLO S/ EJECUCION FISCAL

Descripción: CEDULA NOTIFICA CADUCIDAD PROVIDENCIA

PROVINCIA DE RÍO NEGRO

PODER JUDICIAL

Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería N° 3

___________

C É D U L A

Señor: DIRECCION GENERAL DE RENTAS

Domicilio: Sarmiento 358 (constituido)

Ciudad: Viedma

Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "DIRECCION GENERAL DE RENTAS C/RIVAS JUAN PABLO S/EJECUCION FISCAL" Expte. Nº 0361/2004, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo de la Dra. Rosana Calvetti, Secretaría Unica, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: Viedma, mayo 09 de 2.012. Que en virtud de lo previsto en el art. 310 del C. Pr. se producirá la caducidad de la instancia en el proceso cuando no se instare su curso dentro de los plazos establecidos, debiendo computarse los mismos de conformidad a lo previsto en los arts. 311 y 316 del C.Pr. y teniendo en cuenta que de acuerdo a lo que surge de las constancias de las actuaciones, en ellas no ha habido impulso procesal por un plazo mayor al indicado en las normas citadas precedentemente. Por ello, Resuelvo: Decretar la caducidad de la instancia, con costas (art. 68 C.Pr.). Notifíquese, archívense y oportunamente remítanse al Archivo del Poder Judicial. Fdo. Dra. Rosana Calvetti - Juez

QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO

Viedma, de julio de 2012.-

*05TXHO.0QRRBC*

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro