Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 36909

N° Receptoría:

Fecha: 2006-03-17

Carátula: MUNICIPALIDAD ALLEN C/DIVANO Fausto S/ Ejecutivo

Descripción: subasta inmueble

General Roca, 17 de marzo de 2.006.-

En mérito a lo solicitado, procédase a la venta en pública subasta de los bienes embargados a fs. 60 con la base de:

*$ 10.500 D.C. 04-1-B-948-11.-

*$ 1.580 D.C. 04-1-B-948-12.-

*$ 2.500 D.C.04-1-B-948-13.-

*$ 12.500 D.C 04-1-B-948-14.-

*$ 24.400 D.C. 04-1-B-948-15.-

*$ 1.850 D.C. 04-1-B-948-16.-

*$ 1.850 D.C. 04-1-B-948-17.-

*$ 1.420 D.C. 04-1-B-948-18.-

*$ 1.420 D.C. 04-1-B-948-18.-

*$ 2.150 D.C. 04-1-B-948-20.

*$ 1.800 D.C. 04-1-B-948-21, por intermedio del martillero don Eduardo Vannicola. El martillero designado deberá aceptar el cargo dentro del tercer día de notificado por cédula de su designación, bajo apercibimiento de remoción, y dar cumplimiento a su cometido, percibiendo el 10% de seña y el 3% de comisión, exigiendo a quien resulte comprador en el acto de la firma del boleto, la constitución de domicilio procesal en el radio de asiente del Juzgado, bajo apercibimiento de que las sucesivas providencias se la darán por notificadas automáticamente conforme el art. 133 del C.P.C. y C., debiendo el rematador rendir cuentas dentro del tercer día de realizada la subasta, bajo apercibimiento de multa.

Publíquense edictos por DOS días, en el Boletín Oficial y Diario Río Negro (arts. 563,564, 566, 575 y 576 del C.P.C. y 208 L.C.Q.), debiendo cumplirse con lo dispuesto por el art. 4 de la Resolución General N* 745/99 de la AFIP -identificar el CUIT o Nro. y tipo de documetno de todos los sujetos intervinientes.-

Líbrese mandamiento de constatación.-

Omítase en los edictos a librarse la publicación del nombre del demandado.-

Encontrándose inhibido el demandado en el Juzgado Cinco, Expte 24.633-J.5-99, (constancias de fs. 88), cítese al juez inhibiente

Agréguense los comprobantes acompañados.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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