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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 1145/2002
Fecha: 2006-03-16
Carátula: CREDIL S.R.L. C/ RODRIGUEZ ELBIO JESUS S/ EJECUTIVO
Descripción: APRUEBA LIQUID.-EMBARGO-OFICIO BCO.
EXPTE. Nº : 1145/2002.-
CARATULA: "CREDIL S.R.L. C/ RODRIGUEZ ELBIO JESUS S/ EJECUTIVO".-
VIEDMA, marzo de 2006.-
No habiendo sido observada la liquidación practicada, apruébase la misma en cuanto ha lugar por derecho, la que calculada conforme parámetros de sentencia al 31-01-06 asciende a la suma de $ 303,92.-
Conforme lo peticionado, trábese embargo en las proporciones de ley sobre los haberes que percibe el demandado, RODRIGUEZ ELBIO JESUS como empleado de la Policía de Río Negro, hasta cubrir la suma de $ 303,92 en concepto de liquidación aprobada, con más la suma de $ 103 presupuestado provisoriamente para responder a intereses, costas y costos de la ejecución. A tal fin, líbrese oficio al organismo mencionado precedentemente, haciéndole saber que la suma embargada deberá ser depositada en una cuenta judicial a nombre del suscripto y como perteneciente a estos autos en el Banco Patagonia S.A..
Asimismo y en mérito a lo ordenado precedentemente, líbrese oficio al Banco Patagonia S.A., a los fines de comunicarle que deberá entregar al Dr. Cristian E. Mildenberger a su sola presentación, los fondos que ingresen en la cuenta de autos hasta la suma de $ 303,92 en concepto de monto de liquidación aprobada, e informar a este Tribunal en forma detallada, una vez finalizada la medida ordenada.-
R.B.
ALEJANDRO J. E. MOLDES
-Juez-
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Poder Judicial de Río Negro