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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0587/2006
Fecha: 2012-06-29
Carátula: PATAGONIA SERVICIOS FINANCIEROS S.A. C/ CALVO MAURO RAUL Y OTRO S/ EJECUTIVO
Descripción: OFICIO IPROSS
Viedma, junio de 2012.-
Al señor
IPROSS
SU DESPACHO
OFICIO N°
Tengo el agrado de dirigirme a Ud., en autos caratulados: PATAGONIA SERVICIOS FINANCIEROS S.A. C/ CALVO MAURO RAUL Y OTRO S/ EJECUTIVO (Expte. Nº 0587/2006), los que tramitan por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo de la Dra. Rosana Calvetti, Secretaria única, a fin de informarle que se ha decretado el levantamiento del embargo sobre los haberes del demandado sr. Daniel Edgardo Serra.-
El auto que ordena el presente en su parte pertinente dice: Viedma, junio de 2.012.- ... Atento el estado de autos y habiéndose cancelado el crédito conforme lo manifestado a fs. 41, levántase el embargo decretado sobre los haberes del sr. Daniel Edgardo Serra (fs. 28), a cuyo fin ofíciese al IPROSS.- Fdo. Dra. Rosana Calvetti - Juez.-
Saludo a Ud. atentamente.-
Angela Clara Contreras
Prosecretaria
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Poder Judicial de Río Negro