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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 41938
Fecha: 2012-06-28
Carátula: M. C. y Otra S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS
Descripción: inicio//a Rentas
Sr. JUEZ:
CERTIFICO: Que teniendo a la vista el expte. MONASTERIO PEDRO OSCAR S/SUCESIÓN" (38362) a fs. 39 obra la declaratoria de herederos de fecha 07 de octubre de 2008, de la que surge que por fallecimiento de Pedro Oscar Monasterio, le suceden en el caracter de únicos y universales herederos sus hijos: Claudia Mercedes y Oscar de apellido Monasterio y Cossini, sin perjuicio de los derechos que por ley corresponde a la cónyuge supérstite María de Las Mercedes Cossini Ulrich.-
Secretaría,28 de junio de 2012.s-
Dra.PAULA M. CHIESA Secretaria Subrogante
//neral Roca, 28 de junio de 2012.s-
Téngase presente la certificación que antecede y lo manifestado.-
Levántese la reserva del presente trámite, incluyéndose el mismo en la lista de despacho diario con iniciales.-
Cítese a los futuros demandados Arturo Salicioni, Néstor Salicioni y Oscar Monasterio a fin de que comparezca a fiscalizar la prueba a producir en autos (art. 80 del C.P.C.) a cuyo fin líbrese cédula con copias de la presentación realizada.-
Líbrese oficios al RPI, R.P.A de que informen si los actores poseen bienes inscriptos a su nombre.-
Asimismo, pasen los presentes a la Delegación de RENTAS (acordada N° 10/03 art. 4 del STJ).
Hágase saber a las partes el derecho que les asiste a oponerse por causa fundada y en relación a terceros, a la publicación de sus datos personales por internet.(Conf.Acord.112/03 del STJRN).-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro