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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0614/2011
Fecha: 2012-06-27
Carátula: REAL MARIA GABRIELA Y OTRA C/ MUNICIPALIDAD DE SIERRA GRANDE S/ ORDINARIO
Descripción: revoc. c/ apel. - rechaza - concede apelación - suspende actuaciones
EXPTE. No. 0614/2011
CARATULA: REAL MARIA GABRIELA Y OTRA C/ MUNICIPALIDAD DE SIERRA GRANDE S/ ORDINARIO
Viedma, junio de 2.012.-
Por interpuesto recurso de revocatoria, con apelación en subsidio contra la providencia de fs. 102.-
Atento el estado de autos y toda vez que los argumentos vertidos por el recurrente no conmueven los tenidos en cuenta para el dictado de la providencia obrante a fs. 102, a la revocatoria interpuesta no ha lugar.-
Sin perjuicio de lo dispuesto por el art. 379 del C. Pr., atento el cuestionamiento efectuado y a los fines de determinar el alcance del apercibimiento previsto en el art. 362 del C.Pr., concédase la apelación interpuesta en subsidio. En su mérito, elévense las actuaciones a la Cámara de Apelaciones de Viedma. Sirva la presente de atenta nota de envío.-
En consecuencia, por excepción y a fin de evitar un dispendio jurisdiccional suspéndase el trámite de las presentes actuaciones. Notifíquese.-
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro