Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 40874

N° Receptoría:

Fecha: 2012-06-26

Carátula: SANCHEZ Justa S/ PROCESO SUCESORIO

Descripción: REGULA

//neral Roca, 26 de JUNIO de 2012.=

Agréguese.

Regulo, por la tercer etapa los honorarios profesionales del Dr. Sebastián Orlando Rey en la suma de $ 970.- a cargo de los herederos.- (M.B. $ 20.470.- arts. 6, 8, 25 y 44 L.A. 2212.-)

Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (arts. 6, 6 bis, 7 ley 2212 R.N.).

Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-

Al punto 1, téngase presente.

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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