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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 26408III
Fecha: 2006-03-16
Carátula: CARABETTA Francisco A.D. c/CRESPO Jesús S/ Ejecutivo
Descripción: A cedula
CEDULA DE NOTIFICACION
CAJA FORENSE
VILLEGAS 973 (CONSTITUIDO)
GENERAL ROCA
Hago saber a Ud. que en autos cartatulados: “CARABETTA FRANCISCO A.D. C/CRESPO JESUS S/EJECUTIVO” (26.408-III-93) que tramitan por ante este Juzgado N* III, a cargo de la Dra. Susana Teresa Burgos, Secretaría N* UNICA a cargo de la Dra. María del Carmen Villalba, sito en Avda. Roca 1.047 de General Roca, se le libra la presente cédula a fin de notificarle la providencia que dice:General Roca, 17 de febrero de 2.006.-Informando la Actuaria en estos autos que la parte interviniente en el presente juicio no ha instado los procedimientos durante el término de SEIS meses, de conformidad con lo dispuesto por los arts. 310, 311 y 316 del CPC,declararo la caducidad de la instancia. Costas a la actora.-Regulo los honorarios del Dr. Osvaldo Lapuente, en $ ..10. (MB: $ 110.-)Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (art. 6, 6 bis, 7 y 20 ley 2212 RN).-Notifíquese y cúmplase con la Caja Forense. Atento lo dispuesto por la Ley 25820 se ha procedido a convertir U$S 1= $1.-Glósese la documentación de fs. 3.-Fdo. Susana Teresa Burgos. Juez.-
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADOS
General Roca, 08 de marzo de 2.006-
...............................................
María del C. Villalba
Secretaria
CEDULA DE NOTIFICACION
FRANCISCO CARABETTA
DR. OSVALDO LAPUENTE
ESPAÑA 1340 (CONSTITUIDO)
GENERAL ROCA
Hago saber a Ud. que en autos cartatulados: “CARABETTA FRANCISCO A.D. C/CRESPO JESUS S/EJECUTIVO” (26.408-III-93) que tramitan por ante este Juzgado N* III, a cargo de la Dra. Susana Teresa Burgos, Secretaría N* UNICA a cargo de la Dra. María del Carmen Villalba, sito en Avda. Roca 1.047 de General Roca, se le libra la presente cédula a fin de notificarle la providencia que dice:General Roca, 17 de febrero de 2.006.-Informando la Actuaria en estos autos que la parte interviniente en el presente juicio no ha instado los procedimientos durante el término de SEIS meses, de conformidad con lo dispuesto por los arts. 310, 311 y 316 del CPC,declararo la caducidad de la instancia. Costas a la actora.-Regulo los honorarios del Dr. Osvaldo Lapuente, en $ ..10. (MB: $ 110.-)Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (art. 6, 6 bis, 7 y 20 ley 2212 RN).-Notifíquese y cúmplase con la Caja Forense. Atento lo dispuesto por la Ley 25820 se ha procedido a convertir U$S 1= $1.-Glósese la documentación de fs. 3.-Fdo. Susana Teresa Burgos. Juez.-
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADOS
General Roca, 08 de marzo de 2.006-
...............................................
María del C. Villalba
Secretaria
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Poder Judicial de Río Negro