include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 40068
Fecha: 2012-06-25
Carátula: ISIDORI Julio Enrique S/ PROCESO SUCESORIO
Descripción: Regulación
Expte. 40068.-
//neral Roca, 25 de junio de 2012.-j
Agréguense los informes acompañados.-
Atento el estado de autos, regulo por la primer y segunda etapa los honorarios del Dr. MIGUEL DITHURBIDE en $ 4.100.- a cargo de los herederos y en $ 2.050.- a cargo de la cónyuge supérstite (MB:$ 81.998,04).-
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquella (art. 6, 7, 8, 25 y 44 ley 2212 RN).-
Notifíquese y cúmplase con la ley 869. Regístrese.-
Previo a la regulación por la tercera etapa libre deuda de la Municipalidad de Allen, con la debida intervención de dicha repartición.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
<*****>
Poder Judicial de Río Negro