Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 36867

N° Receptoría:

Fecha: 2006-03-16

Carátula: ALMUNA Tulio J. y Otra S/SUC. C/CHAGUMIL Mabel B. S/ Desalojo

Descripción: se ordena oficio

General Roca, 16 de marzo de 2.006.-

Atento las constancias de fs. 76, líbrese oficio al Juzgado de Familia y Sucesiones a fin de que remitan el expte 203-11-04 para dictar sentencia en estos autos, en su defecto deberá acompañarse fotocopia debidamente certificada del expte. mencionado precedentemente.-

Al pedido de clausura, oportunamente, sin perjuicio hágase saber que no podrá dictarse sentencia en estos autos en forma previa al resultado del juicio de consignación.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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