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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 33786III
Fecha: 2012-06-22
Carátula: ARIAS Luis Gustavo en: CARDIN C/ MUN. MAINQUE s/Ord. S/ EJECUCION DE HONORARIOS
Descripción: Acuerdo y homologación
//neral Roca, 22 de junio de 2012.-j
Por devueltos, hágase saber.-
Téngase presente y homológase con fuerza de sentencia el acuerdo presentado por las partes. Notifíquese.-
Téngase presente los honorarios pactados a favor de los Dres. Luis G. Arias y Adrián G. Saggina.-
Téngase presente la cesión efectuada por el Dr. Adrián Gustavo Saggina.-
Acompañese constancia de saldo bancario de la cuenta de autos y de la cuenta del expte. 27053III.-
Regulo los honorarios del Dr. Sebastián Zarasola y Franisco M. Brown en la suma de $ 5.000.- y $ 5.000.- (MB: $337.025,48-).-
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquella (art. 6, 7, y 41 ley 2212 RN).-
Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro