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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0260/2012
Fecha: 2012-06-21
Carátula: CALVO LILIANA MABEL C/ EMPRESA CEFERINO S.A. S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)
Descripción: CONTESTA DEMANDA - CITA EN GARANTIA
EXPTE Nº 0260/2012
CARATULA: CALVO LILIANA MABEL C/ EMPRESA CEFERINO S.A. S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)
Viedma, junio de 2.012.-
Atento que el poder acompañado se encuentra glosado a fs. 60/62, devuélvase a su presentante.-
Por contestada la demanda.-
Agréguese la documental acompañada y córrase traslado a la parte actora por el término de ley. Notifíquese.-
Cítese en garantía a PROTECCION MUTUAL DE SEGUROS DEL TRANSPORTE PUBLICO DE PASAJEROS, a la que se cita y emplaza para que dentro del plazo de veinticinco días la conteste, bajo el apercibimiento dispuesto en los arts. 59 y 356 del C.Pr., oponga excepciones y acompañe la prueba documental de que intente valerse (arts. 333, 356 del C.Pr.). Notifíquese.-
Hágase saber que la presente notificación deberá realizarse dentro de los 15 días, bajo apercibimiento de tenerla por desistida de la presente citación y que deberá acompañar un juego de copias para traslado de la documental y escrito de demanda.-
s. b. s.
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro