Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0084/2006

N° Receptoría:

Fecha: 2006-03-15

Carátula: CARBAYO GASTON DARIO Y OTRA S/ HOMOLOGACION

Descripción: INCOMPETENTE-REMITE A FAMILIA

EXPTE. N° 0084/2006

CARATULA: CARBAYO GASTON DARIO Y OTRA S/ HOMOLOGACION

Viedma, marzo de 2006.-

I.- Por presentados, parte y domiciliados. Agréguese la documental acompañada.-

II.- Toda vez que del objeto de la solicitud realizada surge que la misma se relaciona con temas que inciden en el fuero de familia de conformidad con los arts. 1 y 7 de la ley 3554, y teniendo en cuenta que lo pretendido no se encuentra entre las previsiones establecidas en el art. 6 del C.Pr., declárome incompetente para su tramitación y en consecuencia, remítanse las mismas al Juzgado de Familia y Sucesiones Nº 5. Sirva la presente de atenta nota.-

Alejandro J. E. Moldes

Juez

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