Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0339/2003

N° Receptoría:

Fecha: 2006-03-15

Carátula: ALARCON NORMA MARYS C/ SEPULVEDA SEGUNDA DEL CARMEN S/ ESCRITURACION

Descripción: VISTA A LA D.G.R. - NO SE HA LUGAR A LA MEDIDA CAUTELAR

EXPTE. Nº : 0339/2003.-

CARATULA: ALARCON NORMA MARYS C/ SEPULVEDA SEGUNDA DEL CARMEN S/ ESCRITURACION.-

Viedma, marzo de 2006.-

I.- Agréguese.-

Atento el tiempo transcurrido desde que la Dirección General de Rentas realizó la liquidación correspondiente a impuesto de sellos, pasen nuevamente en vista a dicho organismo a los fines que estime corresponder.-

II.- Toda vez que no se han arrimado nuevos elementos a la causa, que conmueven los tenidos en cuenta al momento de resolver la medida cautelar a fs. 25, a lo solicitado en el escrito en despacho, en este estado, no ha lugar.-

a.p.

Alejandro J. E. Moldes

Juez

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