include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 40607
Fecha: 2012-06-21
Carátula: AVALON CREDITOS PERSONALES S.A. C/ RODRIGUEZ Ana Maria S/ EJECUTIVO
Descripción: Ordena transferencia-regulación
Expte. 40607.-
//neral Roca, 21 de junio de 2012.-j
Al punto 1, agréguese.-
Al punto 2, estando vencido el traslado conferido a fs. 47, apruébase en cuanto ha lugar por derecho la liquidación de fs. 46 por la suma de $47,69 al 15/05/12.-
Se deja constancia que en la liquidación aprobada se parte de la liquidación aprobada anteriormente por capital y gastos (sin honorarios).-
Al punto 3, líbrese oficio al Banco Patagonia SA, sucursal local, a fin de que transfiera de la cuenta de autos Nro. 126684825 a la cuenta corriente Nro. 220-220027526 CBU 03402209 00220027526008 perteneciente a AVALON CREDITOS PERSONALES S.A. (CUIT 30-70842085-5) la suma de $47,67 en concepto de: total de liquidación aprobada precedentemente (por capital y gastos). Cúmplase por Secretaría.-
Al punto 4, téngase presente.-
Al punto 5, regular los honorarios por acrecidos del Dr. Fernando E. Detlefs en $ 210.- (MB: $3.648,73 -total de extracciones-).-
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquella (art. 6, 8 y 41 ley 2212 RN).-
Notifíquese y regístrese.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
<*****>
Poder Judicial de Río Negro