Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 41305

N° Receptoría:

Fecha: 2012-06-19

Carátula: GONZALEZ Felipe C/ CALVO Julian S/ ORDINARIO

Descripción: Acuerdo y homologación

//neral Roca, 19 de junio de 2012.-j

Téngase presente y homológase con fuerza de sentencia el acuerdo presentado por las partes. Notifíquese.-

Téngase presente los honorarios pactados a favor de los letrados de la parte actora.-

Regulo los honorarios del Dr. Jorge A. Gómez en la suma de $ 1.100.- (MB: $9.000.-).-

Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquella (art. 6, 6 bis, 7 ley 2212 RN).-

Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-

Se fija las contribuciones para el Colegio de Abogados y Sitrajur en $18.- cada uno.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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Poder Judicial de Río Negro