include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 41305
Fecha: 2012-06-19
Carátula: GONZALEZ Felipe C/ CALVO Julian S/ ORDINARIO
Descripción: Acuerdo y homologación
//neral Roca, 19 de junio de 2012.-j
Téngase presente y homológase con fuerza de sentencia el acuerdo presentado por las partes. Notifíquese.-
Téngase presente los honorarios pactados a favor de los letrados de la parte actora.-
Regulo los honorarios del Dr. Jorge A. Gómez en la suma de $ 1.100.- (MB: $9.000.-).-
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquella (art. 6, 6 bis, 7 ley 2212 RN).-
Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-
Se fija las contribuciones para el Colegio de Abogados y Sitrajur en $18.- cada uno.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
<*****>
Poder Judicial de Río Negro