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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 39362
Fecha: 2012-06-19
Carátula: COSTANZO José Juan C/ CANDIA Marcos Javier s/Sucesión y Otro S/ EJECUCION
Descripción: no ha lugar
//neral Roca, 19 de junio de 2012.=
A lo solicitado no ha lugar, siendo tarea de la letrada ubicar los bienes sobre los que ejercerá las diligencias de embargo, la misma deberá proponer el modo de efectivizarlas.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro