Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 39621

N° Receptoría:

Fecha: 2012-06-18

Carátula: YAÑEZ Beatriz Alicia C/ CHAVEZ BENAVIDES Edgar Francisco S/ ORDINARIO

Descripción: Anticip. gastos

Expte. 39621.-

//neral Roca, 18 de junio de 2012.-j

Atento lo peticionado y siendo que el Beneficio de Litigar sin Gastos no cuenta con resolución, intímese a la parte actora para que dentro del quinto día de notificado, deposite en autos la suma de $ 400.-, en concepto de anticipo de gastos de la perito tasadora, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 463 del C.P.C. Notifíquese, a cuyo efecto líbrese cédula.-

Suspéndase el plazo para la presentación de la pericia hasta tanto se dé cumplimiento con lo ordenado precedentemente.-

A la mayor suma requerida deberá acreditarse previamente en autos, a los fines de su percepción.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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