Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0254/2012

N° Receptoría:

Fecha: 2012-06-15

Carátula: PAZOS HECTOR RODOLFO C/ FERNANDEZ CLAUDIA DENISE S/ COBRO DE PESOS (Sumarísimo)

Descripción: SENTENCIA DE HOMOLOGACION DE ACUERDO

Viedma, junio de 2012.-

Y VISTOS: Los presentes obrados caratulados: "PAZOS HECTOR RODOLFO C/ FERNANDEZ CLAUDIA DENISE S/ COBRO DE PESOS (Sumarísimo)" Expte. n° 0254/2012; y

CONSIDERANDO:

I.- Que a fs. 25/28 se presenta el Sr. Héctor Rodolfo Pazos, por derecho propio y promueve juicio por cobro de pesos contra la Sra. Claudia Denise Fernandez.

II.- Que a fs. 32 se presenta la demandada Sra. Claudia Denise Fernandez, por derecho propio.

III.- Que a fs. 34/36 las partes presentan un acuerdo transaccional, y que en su parte pertinente dice:".... PRIMERA: LA DEMANDADA ofrece pagar a LA ACTORA y esta última acepta, la suma de PESOS SIETE MIL DOSCIENTOS ($ 7.200), por todos los conceptos reclamados en el presente expediente. SEGUNDA: LA DEMANDADA abonará la suma indicada en la cláusula primera en SEIS (6) cuotas mensuales, iguales y consecutivas de PESOS MIL DOSCIENTOS ($ 1.200) cada una, con vencimiento la primera a los diez días de notificada la homologación del presente acuerdo, y las restantes cada treinta días. La falta de pago de dos (2) cuotas consecutivas, faculta a LA ACTORA a demandar por el saldo impago del convenio, con más los intereses correspondientes. La mora es automática, no siendo necesario interpelación judicial o extrajudicial alguna. A su vez, LA ACTORA manifiesta darse por plenamente satisfecha con la suma acordada, y pagada que fuera la misma, nada más tendrá para reclamar a LA DEMANDADA por ningún rubro o concepto. TERCERA: LA DEMANDADA abonará la suma de PESOS MIL OCHENTA ($ 1.080) en concepto de honorarios de los patrocinantes de LA ACTORA, y la suma de PESOS MIL OCHENTA ($ 1.080) en concepto de honorarios profesionales del patrocinante de LA DEMANDADA. En ambos casos efectuará con dicho pago el pago proporcional de aportes de Caja Forense correspondiente a los letrados. CUARTA: LA DEMANDADA abonará las costas que devengue el presente expediente. QUINTA: Las partes acuerdan solicitar la homologación judicial presente acuerdo transaccional en virtud de entender que con el mismo se arriba a una justa composición de intereses. ....".- Por lo expuesto y conforme lo previsto por el art. 308 del C.Pr.;

RESUELVO:

--- 1.- Homologar en todos sus términos el acuerdo arribado por las partes a fs. 34/35, transcripto precedentemente.-

--- 2.- Imponer las costas del presente juicio a la parte demandada (art. 68 del Cód. Proc.) .-

--- 3.- Establecer los honorarios profesionales de los Dres. Jorge Alejandro Perez Pieroni y María Soledad Ucha, en forma conjunta, en la suma de $ 1.080 y los del Dr. Rafael N. Augugliaro en la suma de $ 1.080. Notifíquese a la Caja Forense y cúmplase con la Ley 869.-

--- 4.- Regístrese, protocolícese y notifíquese.-

s.b.s.

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