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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0341/2011
Fecha: 2012-06-13
Carátula: MOYANO BLANCA EULALIA C/ VERA JUAN PEDRO S/ USUCAPION
Descripción: CEDULA SECRETARIA
PROVINCIA DE RÍO NEGRO
PODER JUDICIAL
Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería N° 3
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C E D U L A
Señor: BLANCA EULALIA MOYANO - Dr. Gabriel Bottari
Domicilio: LAPRIDA 292 - NIVEL: -1 (constituido)
Ciudad: VIEDMA
Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "MOYANO BLANCA EULALIA C/VERA JUAN PEDRO S/USUCAPION", Expte. Nº 0341/2011, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo de la Dra. Rosana Calvetti, Secretaría Unica, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: Viedma, junio de 2.012.- Atento el estado de autos y por razones de mejor servicio, modifícase la fecha de la audiencia fijada a fs. 260, la que se señala para el día 28 de JUNIO de 2012 a las 09:30 horas. Notifíquese.- Fdo. Dra. Rosana Calvetti - Juez ".-
QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO
Viedma, de junio de 2012.-
*05TXHO.4VTY89*
Ana Carolina Scoccia
Secretaria
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Poder Judicial de Río Negro