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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 36986
Fecha: 2005-06-14
Carátula: SPINELLI Bettina Leonor c/LEZCANO Adoración y otros S/ Ejecución de Honorarios
Descripción: inicio
General Roca, 14 de junio de 2.005.-
Por presentado, parte y con domicilio.-
Certifique el Actuario.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
Sr. JUEZ:
CERTIFICO: Que por ante esta Secretaría, a mi cargo, tramitan los autos caratulados: "LEZCANO ADORACIÓN D. Y OTRO C/MUNICIPALIDAD DE VILLA REGINA S/SUMARIO" (32993-III-00), en los cuales a fs. 246 se regulan los honorarios profesionales de la Lic. Bettina Leonor Spinelli en $ 500.-
Los mismos se encuentran debidamente notificados y firmes.-
Las costas son a cargo de los actores.-
Lezcano Adoración, Cayuñir Pedro Antonio, tienen domicilio real en Aluminé 232 de Barrio 25 de mayo de la ciudad de Villa Regina, y constituyendo en Mitre 810, piso 2*, oficina 7 de General Roca, junto a sus letrados Dra. Graciela Tempone y Hernán Mones.-
La Municipalidad de Villa Regina tiene domicilio constituyido en San Martin 586, junto a su letrado apoderado Dr. Juan Carlos Gimenez.-
Secretaría, 14 de junio de 2.005.-
Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria
General Roca, 14 de junio de 2.005.-
Atento la certificación que antecede, líbrese mandamiento de embargo contra Lezcano y Cayuñir, por las sumas de $ 500 en concepto de capital, con más la suma de $ 200 que se calculan para costas.-
Respecto de la Municipalidad de Villa Regina, líbrese oficio a la misma, a fin de que ingresen en el presupuesto del año 2.006, el embargo respecto de este organismo, por las sumas de $ 250 en concepto de capital, con más la suma de $ 100 que se calculan para costas.-
Cítese de venta por el término de cinco días. Not.-
Déjense las constancias respectivas.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
NOTA: De haberse dado cumplimiento. CONSTE.-
Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria
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Poder Judicial de Río Negro