Proveído

Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial

Ciudad: Bariloche

N° Expediente: 16397-190-11

N° Receptoría:

Fecha: 2012-06-13

Carátula: NECULPE JUANA / CARDENAS HECTOR MANUEL Y OTRA S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)

Descripción: apercibimiento art. 288. AL ACUERDO.

Expediente Nro.16397-190-11

San Carlos de Bariloche, 13 de junio de 2012

A fs. 359. Por ratificada gestión. AL ACUERDO.

Atento las constancias de autos. Hágase efectivo el apercibimiento del art. 288 CPCC respecto de la actora, téngase por constituido domicilio en los estrados del Superior Tribunal.

EDGARDO CAMPERI

Presidente

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Poder Judicial de Río Negro