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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 41364
Fecha: 2012-06-13
Carátula: DIAZ Zuly Nancy S/ SUCESION AB INTESTATO
Descripción: REGULA
//neral Roca, 13 de JUNIO de 2.012.=
Agréguese.
Regulo por las tres etapas, los honorarios profesionales del Dr. Gastón Edgardo Lauriente en la suma de $1.400 .- a cargo de los herederos y en la suma de $ 700 .- a cargo del cónyuge supérstite.- (M.B. $ 21.000.- fs. 22 y conformidad de Rentas a fs. 30. arts. 6, 7, 8, 25 y 44 L.A. 2212.-)
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla.-
Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-
Dra. ADRIANA MARIANI
Juez Subrogante
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Poder Judicial de Río Negro