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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 38935
Fecha: 2012-06-13
Carátula: CREDIL S.R.L. C/ BENITEZ Adriana Elizabet S/ EJECUTIVO
Descripción: Ordena oficio
Expte. 38935.-
//neral Roca, 13 de junio de 2012.-j
Agréguese.-
Líbrese oficio a la empleadora (Ministerio de Familia) a fin de hacer saber que deberá dar cumplimiento con el embargo trabado oportunamente sobre los sueldos de la demandada, debiendo contestar directamente a Secretaría en el término de diez días y bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 398/99 del CPC, los que se transcribirán. Acompáñese copia de fs. 40.-
Dra. ADRIANA MARIANI
Juez Subrogante
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Poder Judicial de Río Negro