Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 41131

N° Receptoría:

Fecha: 2012-06-13

Carátula: BUONO Elsa Esther y GAUNA Mario Egidio S/ PROCESO SUCESORIO

Descripción: DECLARATORIA

//neral Roca, 13 de JUNIO de 2012 .=

VISTOS: Para dictar declaratoria de herederos en estos autos caratulados "BUONO ELSA ESTHER y GAUNA MARIO EGIDIO S/SUCESION" (Expte. Nro. 41131-III-2011).-

CONSIDERANDO: Se promueve el presente sucesorio por el fallecimiento de Mario Egidio Gauna, ocurrido el 25 de enero de 2006 en General Roca (Río Negro), certificado a fs.2 y Elsa Esther Buono el 22 de septiembre de 2009 en Neuquén Capital, certificado a fs. 4.

A fs. 24/6 se produce información sumaria que se aprueba a fs. 28, estableciéndose que el último domicilio real de la causante Elsa Esther Buono fue en ésta ciudad de General Roca, pcia. de Río Negro.

Los causantes se encontraban unidos en matrimonio por acto celebrado el 19 de diciembre de 1968 en Cipolletti (Río Negro), certificado a fs. 46.-

De dicha unión nacieron:

Marcela Alejandra: el 20 de marzo de 1971 en Cipolletti (Río Negro), certificado a fs. 5.-

Mónica Andrea: el 26 de mayo de 1969 en Cipolletti (Río Negro), certificado a fs. 6.-

Silvana Cecilia: el 5 de septiembre de 1972 en Cipolletti (Río Negro), certificado a fs. 5.-

A fs. 28 se declara abierta la sucesión y competente el Tribunal para entender en la misma.-

A fs. 30/1 y 32/3 obran oficios al Registro de Juicios Universales y de Testamento con lo que se acredita que a nombre de los causantes no se han iniciado juicios similares ni se ha registrado disposición testamentaria alguna.-

A fs. 36/38 y 40/42 obran publicaciones edictuales sobre cuyo vencimiento certifica en este acto la actuaria, informando que no se han presentado más herederos ni interesados que los informados precedentemente.-

Por lo expuesto y dispuesto por los arts. 3565 y 3570 del Código Civil y arts. 699 y 700 del CPC,

RESUELVO: Declarar que por fallecimiento de MARIO EGIDIO GAUNA, le suceden en el carácter de únicos y universales herederos sus hijas MARCELA ALEJANDRA, MONICA ANDREA y SILVANA CECILIAN de apellido GAUNA y BUONO, sin perjuicio de los derechos que por ley corresponde a la cónyuge supérstite ELSA ESTHER BUONO sobre los bienes gananciales y los propios si los hubiere.

Por fallecimiento de ELSA ESTHER BUONO, le suceden en el carácter de únicos y universales herederos sus hijas MARCELA ALEJANDRA, MONICA ANDREA y SILVANA CECILIAN de apellido GAUNA y BUONO

NOTIFIQUESE y REGISTRESE.

Dra. ADRIANA MARIANI

Juez Subrogante

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