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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 38984
Fecha: 2012-06-12
Carátula: MAGLIO Graciela Susana C/ MAGLIO Pedro S/ USUCAPION
Descripción: clausura
General Roca, 12 de junio de 2012 .-g
Al punto I, téngase presente el desistimiento de la prueba informativa ofrecida por la parte actora (Borsani Aberturas, Carlos Isla y Cia S.A., El Aguilucho, Sur Maderas, Pinturerias Colorama, Maderera Caraguatay, Expoventa 84, Alejandro Miranda y Leonel Mora.-).-
Al punto II, certifique la actuaria.-
Dra. ADRIANA MARIANI
Juez Subrogante
Sra.Juez:
CERTIFICO: Que el término de producción de prueba se encuentra vencido, habiendose realizado la totalidad de la oportunamente ofrecida por la parte actora.-
SECRETARIA, 12 de junio de 2012 .-
Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria
General Roca, 12 de junio de 2012 .-g
Atento la certificación que antecede, clausúrase el período probatorio.-NOT.-
A los fines ordenados precedentemente pasen los presentes al Despacho del Sr. Defensor Oficial de Ausentes Dr. Gaya.-
FIRME LA PRESENTE, póngase las mismas en Secretaria a fin de que las partes aleguen por su orden (art.382 del CPC).-
Dra. ADRIANA MARIANI
Juez Subrogante
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Poder Judicial de Río Negro