Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 38984

N° Receptoría:

Fecha: 2012-06-12

Carátula: MAGLIO Graciela Susana C/ MAGLIO Pedro S/ USUCAPION

Descripción: clausura

General Roca, 12 de junio de 2012 .-g

Al punto I, téngase presente el desistimiento de la prueba informativa ofrecida por la parte actora (Borsani Aberturas, Carlos Isla y Cia S.A., El Aguilucho, Sur Maderas, Pinturerias Colorama, Maderera Caraguatay, Expoventa 84, Alejandro Miranda y Leonel Mora.-).-

Al punto II, certifique la actuaria.-

Dra. ADRIANA MARIANI

Juez Subrogante

Sra.Juez:

CERTIFICO: Que el término de producción de prueba se encuentra vencido, habiendose realizado la totalidad de la oportunamente ofrecida por la parte actora.-

SECRETARIA, 12 de junio de 2012 .-

Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria

General Roca, 12 de junio de 2012 .-g

Atento la certificación que antecede, clausúrase el período probatorio.-NOT.-

A los fines ordenados precedentemente pasen los presentes al Despacho del Sr. Defensor Oficial de Ausentes Dr. Gaya.-

FIRME LA PRESENTE, póngase las mismas en Secretaria a fin de que las partes aleguen por su orden (art.382 del CPC).-

Dra. ADRIANA MARIANI

Juez Subrogante

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Poder Judicial de Río Negro