Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 37389

N° Receptoría:

Fecha: 2012-06-12

Carátula: BISCONTI Osvaldo J. y otra C/ MUNICIPALIDAD VILLA REGINA S/ ORDINARIO

Descripción: apelacion y providencia

General Roca, 12 de junio de 2012.-

Concédese la apelación deducida en relación.-

Ponganse los autos en Secretaria para que el apelante presente memorial.-

Oportunamente elevense las presentes actuaciones a la Excma. Cámara de Apelaciones.-

Dejese sin efecto el proveido de fs. 1046.-

Estando debidamente garantizado el crédito que se reclama en autos con los depositos cuya constancia obra a fs. 1003, líbrese oficio al Banco Patagonia S.A. Sucursal Villa Regina a fin de que no efectivice el embargo sobre los fondos que tenga depositados la Municipalidad de Villa Regina en dicha institución.- Aclarandose que se mantiene el deposito realizado en la cuenta judicial de autos.-

Dra. ADRIANA MARIANI

Juez Subrogante

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro