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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 37389
Fecha: 2012-06-12
Carátula: BISCONTI Osvaldo J. y otra C/ MUNICIPALIDAD VILLA REGINA S/ ORDINARIO
Descripción: apelacion y providencia
General Roca, 12 de junio de 2012.-
Concédese la apelación deducida en relación.-
Ponganse los autos en Secretaria para que el apelante presente memorial.-
Oportunamente elevense las presentes actuaciones a la Excma. Cámara de Apelaciones.-
Dejese sin efecto el proveido de fs. 1046.-
Estando debidamente garantizado el crédito que se reclama en autos con los depositos cuya constancia obra a fs. 1003, líbrese oficio al Banco Patagonia S.A. Sucursal Villa Regina a fin de que no efectivice el embargo sobre los fondos que tenga depositados la Municipalidad de Villa Regina en dicha institución.- Aclarandose que se mantiene el deposito realizado en la cuenta judicial de autos.-
Dra. ADRIANA MARIANI
Juez Subrogante
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Poder Judicial de Río Negro