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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 41853
Fecha: 2012-06-11
Carátula: SANCHEZ José Francisco en: SANCHEZ Martin S.Sucesión S/ INCIDENTE DE REDARGUCION DE FALSEDAD (y Beneficio)
Descripción: BENEFICIO, VISTA A RENTAS Y A RESOLVER
//neral Roca, 11 de junio de 2012.=
Por presentado, parte y con domicilio.-
Por promovido beneficio de litigar sin gastos.-
Cítese a los futuros demandados y a Rentas, a los fines previstos por el art. 80 del C.P.C., Notifíquese mediante cédula, con copias de la presentación y de las declaraciones de los testigos.-
Pasen las presentes actuaciones en vista a Rentas.-
Líbrense oficios a la Rentas, al Registro de Propiedad del Inmueble y Automotores correspondientes a fin de que informen sobre lo requerido, en el término de veinte días, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 399 del C.P.C.
Respecto de la acción principal AUTOS PARA RESOLVER.-
Hágase saber a las partes el derecho que les asiste a oponerse por causa fundada y en relación a terceros, a la publicación de sus datos personales por internet (Conf.Acord.112/03 del STJRN).-
Déjese constancia de la iniciación de los presentes en los autos principales.-
Dra. ADRIANA MARIANI
Juez Subrogante
NOTA: de haberse dado cumplimiento. CONSTE.
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Poder Judicial de Río Negro