Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 41117

N° Receptoría:

Fecha: 2012-06-11

Carátula: AVALON CREDITOS PERSONALES S.A. C/ DEL VALLE Carol Liliana y Otro S/ EJECUTIVO

Descripción: a DEFENSOR EN TURNO

General Roca, 11 de junio de 2012.-g

Al punto I, agréguese y téngase presente.-

Al punto 2, por no haber comparecido los demandados CAROL LILIANA DEL VALLE y CESAR EDUARDO AGUILAR, cumplida como se encuentra la publicaciòn de edictos y vencido el plazo señalado al efecto, hago efectivo el apercibimiento decretado y designo al SEÑOR DEFENSOR OFICIAL DE AUSENTES para que lo represente en éste proceso, sin perjuicio de hacer llegar a conocimiento del interesado la existencia del juicio.-En el mismo acto de la aceptación del cargo quedará notificado del traslado de la demanda, la cual tramitará segúin las normas del proceso EJECUTIVO y deberá oponer las excepciones correspondiente en el plazo de CINCO DIAS.-

A los fines de la aceptación del cargo pasen los presentes al Despacho del SEÑOR DEFENSOR OFICIAL DE AUSENTES.-

Dra. ADRIANA MARIANI

Juez Subrogante

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro