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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0147/2010
Fecha: 2012-06-08
Carátula: MENDIOROZ EDGARDO NESTOR S/ SUCESION AB INTESTATO
Descripción: no ha lugar - tiene por denunciado bien - vista Rentas
EXPTE. Nº 0147/2010
CARATULA: MENDIOROZ EDGARDO NESTOR S/ SUCESION AB INTESTATO
Viedma, junio de 2.012.-
Agréguese copia del título del automotor en cuestión y previa certificación por Secretaría, devuélvase el original.-
Surgiendo de la documental acompañada que el bien en cuestión está registrado a nombre de la sra. Carmody casada con el causante, siendo por ende un bien componente de la sociedad conyugal como ganancial y sin perjuicio que el error apuntado respecto a la registración del automotor en cuestión debió haberse realizado en tiempo oportuno y no habiéndose probado en este estado y en debida forma que pertenecía a alguno de los cónyuges, a lo solicitado no ha lugar.-
En consecuencia, tiénese por denunciado bien componente del acervo hereditario. A los fines que se expida con relación a los sellados que deban oblarse, pasen las actuaciones en vista a la Agencia de Recaudación Tributaria de Río Negro.-
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro