Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0147/2010

N° Receptoría:

Fecha: 2012-06-08

Carátula: MENDIOROZ EDGARDO NESTOR S/ SUCESION AB INTESTATO

Descripción: no ha lugar - tiene por denunciado bien - vista Rentas

EXPTE. Nº 0147/2010

CARATULA: MENDIOROZ EDGARDO NESTOR S/ SUCESION AB INTESTATO

Viedma, junio de 2.012.-

Agréguese copia del título del automotor en cuestión y previa certificación por Secretaría, devuélvase el original.-

Surgiendo de la documental acompañada que el bien en cuestión está registrado a nombre de la sra. Carmody casada con el causante, siendo por ende un bien componente de la sociedad conyugal como ganancial y sin perjuicio que el error apuntado respecto a la registración del automotor en cuestión debió haberse realizado en tiempo oportuno y no habiéndose probado en este estado y en debida forma que pertenecía a alguno de los cónyuges, a lo solicitado no ha lugar.-

En consecuencia, tiénese por denunciado bien componente del acervo hereditario. A los fines que se expida con relación a los sellados que deban oblarse, pasen las actuaciones en vista a la Agencia de Recaudación Tributaria de Río Negro.-

Rosana Calvetti

Juez

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Poder Judicial de Río Negro