include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0752/2010
Fecha: 2012-06-08
Carátula: FERNANDEZ VEGA HECTOR IVAN C/ LINARES ANGEL ADRIAN Y OTROS S/ REIVINDICACION (Ordinario)
Descripción: REGULACION DE HONORARIOS
EXPTE. N° 0752/2010
CARATULA: FERNANDEZ VEGA HECTOR IVAN C/ LINARES ANGEL ADRIAN Y OTROS S/ REIVINDICACION (Ordinario)
Viedma, junio de 2012.-
Atento lo que surge del acta que antecede, constancias de la causa y de conformidad con lo previsto en la ley 2212, corresponde regular los honorarios profesionales del Dr. Omar Fabricio Mallemaci, por las tareas efectuadas y etapas cumplidas, en el 11 % del monto base de $ 17.123,43, que de aplicarse dicho porcentual se llegaría a un monto de $ 1.883,57 inferior al establecido en el art. 9 de la ley arancelaria, por lo que se entiende pertinente establecerlos en el equivalente a 10 jus, es decir, en la suma de $ 2.260 (conf. arts. 6, 7, 9, 19, 37, 38, 49 y conc. L.A.). Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-
Rosana Calvetti
Juez
<*****>
Poder Judicial de Río Negro