Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 38501

N° Receptoría:

Fecha: 2012-06-08

Carátula: MIGUEL SELA Gerardo S/ PROCESO SUCESORIO (Ex. 172-16-08)

Descripción: providencia

General Roca, 08 de junio de 2012.-g

Proveyendo a fs. 697: Hágase saber que los honorarios regulados a la perito tasadora a fs. 693, deberán ser soportados por los herederos Néstor Ariel Fernández y Honorio Miguel Honorato, en un 50% a cada uno.

Proveyendo a fs. 698: estése a lo proveido ut-supra.-

Proveyendo a fs. 699: Líbrese oficio al Banco Macro Bansud, sucursal Allen, a fin de que proceda a desafectar del plazo fijo los fondos correspondientes y transferirlos a la cuenta de autos.- Asimismo deberá informar el saldo de la misma, una vez realizada dicha transferencia.-

Proveyendo a fs. 700: atento lo ordenado precedentemente, al préstamo solicitado no ha lugar.-

Dra. ADRIANA MARIANI

Juez Subrogante

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro