Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 40267

N° Receptoría:

Fecha: 2012-06-07

Carátula: MORENO Elba Noemi C/ PALAVECINO Susana del Pilar S/ ORDINARIO

Descripción: clausura/se deposita expte del Juzg. 9

General Roca, 7 de junio de 2012.s-

Habiéndose recibido del Juzgado Civil 9 de esta ciudad, el expte. PALAVECINO SUSANA DEL P. C/MORENO ELBA NOEMI S/INTERDICTO DE RETENER (SUMARÍSIMO) (EXPTE. 30297-J.9-05), deposítese en el casillero correspondiente.-

Atento la certificación de fs. 114, las constancias de fs. 119 y lo proveído precedentemente, no restándole producir prueba alguna a las partes, clausúrese el período probatorio. Not.-

Dra. ADRIANA MARIANI

Juez Subrogante

NOTA: De haberse depositado. CONSTE.-

Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria

esto quedó en el expte del juzgado 9 de roca

PALAVECINO SUSANA DEL P. C/MORENO ELBA NOEMI S/INTERDICTO DE RETENER (SUMARÍSIMO) (EXPTE. 30297-J.9-05)

NOTA: Habiéndose recibido las presentes actuaciones para los autos: MORENO ELBA NOEMI C/PALAVECINO SUSANA DEL PILAR S/ORDINARIO" (40267), se deposita en el casillero correspondiente.-

Secretaría, 7 de junio de 2012.-s

Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria

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Poder Judicial de Río Negro