include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0144/2012
Fecha: 2012-06-05
Carátula: TRAVERSA ELVIRA SUSANA C/ CANTEROS RICARDO ALFREDO S/ EJECUTIVO
Descripción: SOLICITUD DE MODIF. NOMBRE DEMANDADO DESPUES DE DICTADA SENT
EXPTE. N° 0144/2012
CARATULA: TRAVERSA ELVIRA SUSANA C/ CANTEROS RICARDO ALFREDO S/ EJECUTIVO
Viedma, junio de 2012.-
Teniendo en cuenta lo manifestado por la parte a fs. 12 y sin perjuicio de lo normado por el art. 2 ley 18.248 en cuanto a la unicidad e inmutabilidad del nombre de las personas, cuyos datos, al iniciarse una demanda deben ser recabados por la actora en forma adecuada (conf. args. 330 CPCC) y teniendo en cuenta los principios de economía procesal, bilateralidad y defensa en juicio, córrase traslado al demandado por el plazo de 5 días. Notifíquese en el domicilio real, con la copia prevista por el art. 120 del C.Pr.-
Al pedido de informe, no ha lugar por no corresponder, debiendo la parte realizar las gestiones que estime corresponder para conocer el domicilio del demandado.-
Rosana Calvetti
Juez
<*****>
Poder Judicial de Río Negro