Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0196/2010

N° Receptoría:

Fecha: 2012-06-05

Carátula: PALACIOS HECTOR SIMON C/ BANCO HIPOTECARIO S.A. S/ ORDINARIO

Descripción: CERTIFICACION Y CLAUSURA - ORDINARIOS- AUTOS PARA ALEGAR - se notifica por nota

EXPTE. Nº 0196/2010.-

CARATULA: PALACIOS HECTOR SIMON C/ BANCO HIPOTECARIO S.A. S/ ORDINARIO.-

C E R T I F I C O : Que conforme lo ordenado a fs. 171 a la fecha se encuentra vencido el término probatorio e informo que se han producido las pruebas ofrecidas en los folios que se mencionan:

PARTE ACTORA:

Documental: a fs. 160/169 obra fotocopia certificada de la escritura nº 13/84.-

Pericia contable: a fs. 104/129 obra la pericia (cdor. Tucat); a fs. 133/138 la parte demandada formula observaciones, a fs. 139 la parte actora formula observaciones, a fs. 142/153 el perito contesta las observaciones.-

PARTE DEMANDADA:

Informativa: a fs. 160/169 el Banco Hipotecario S.A., acompaña fotocopia certificada de la escritura nº 13/84.-

Pericia contable: a fs. 104/129 obra la pericia (cdor. Tucat); a fs. 133/138 la parte demandada formula observaciones, a fs. 139 la parte actora formula observaciones, a fs. 142/153 el perito contesta las observaciones.-

CITADO COMO TERCERO:

Informativa: a fs. 160/169 el Banco Hipotecario S.A., acompaña fotocopia certificada de la escritura nº 13/84.-

SECRETARIA, junio de 2.012.-

A P

Ana Carolina Scoccia

Secretaria

Viedma, junio de 2.012.-

Atento la certificación de la Actuaria, clausúrase el término probatorio y procédase conforme lo previsto por el art. 482 del CPCC.-

A P

Rosana Calvetti

Juez

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