Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 39913

N° Receptoría:

Fecha: 2012-06-05

Carátula: MARTINEZ Ernestina Martha S/ PROCESO SUCESORIO

Descripción: regulacion

General Roca, 05 de junio de 2012.s-

Téngase por cumplido con lo ordenado a fs. 64.-

Certifique el Actuario las copias de fs. 65/6 y hágase entrega del título original al presentante, por Secretaría.-

Regular por las tres etapas los honorarios profesionales del Dr. Luis Ancalao Pulgar en la suma de $ 8.000 y los de la Dra. Bárbara Sanchez Pulgar en la suma de $ 8.000 a cargo de la heredera.- (M.B. $ 81.606 fs. 48- arts. 6, 8, 25 y 44L.A. 2212.-)

Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla, teniéndose presente que se ha dividido un bien ganacial.

Previo a librar oficio de inscripción del inmueble deberá acompañarse libres deudas del inmueble D.C. 05-1-D-843-09.-

Dra. ADRIANA MARIANI

Juez Subrogante

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