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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 1199/2010
Fecha: 2012-06-04
Carátula: SUPERCANAL S.A. C/ MUNICIPALIDAD DE VIEDMA S/ ORDINARIO
Descripción: OFICIO CAMARA REMOCION
PODER JUDICIAL
RIO NEGRO
Viedma, junio de 2.012.-
OFICIO Nº _______/12
Al Señor Presidente
de la Cámara de Apelaciones en lo Civil
Dr. Gustavo A. Azpeitía
SU DESPACHO.-
Tengo el agrado de dirigirme a Ud. en los autos caratulados: "SUPERCANAL S.A. C/ MUNICIPALIDAD DE VIEDMA S/ ORDINARIO" (Expte. n° 1199/2010), que tramitan ante el Juzgado Civil Nº 3 a mi cargo, Secretaría Unica, a efectos de comunicarle, que conforme lo dispuesto en el art. 470 del C.Pr., la perito Contadora María Florencia Palluzzi San Juan ha sido removida del cargo para el que fuera designada en las presentes actuaciones, ello debido a que la mencionada profesional no presentó el dictamen pericial conforme le fuera ordenado.
Se adjuntan fotocopias certificadas de las piezas pertinentes.-
Dios guarde a Ud.-
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro