Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 1199/2010

N° Receptoría:

Fecha: 2012-06-04

Carátula: SUPERCANAL S.A. C/ MUNICIPALIDAD DE VIEDMA S/ ORDINARIO

Descripción: OFICIO CAMARA REMOCION

PODER JUDICIAL

RIO NEGRO

Viedma, junio de 2.012.-

OFICIO Nº _______/12

Al Señor Presidente

de la Cámara de Apelaciones en lo Civil

Dr. Gustavo A. Azpeitía

SU DESPACHO.-

Tengo el agrado de dirigirme a Ud. en los autos caratulados: "SUPERCANAL S.A. C/ MUNICIPALIDAD DE VIEDMA S/ ORDINARIO" (Expte. n° 1199/2010), que tramitan ante el Juzgado Civil Nº 3 a mi cargo, Secretaría Unica, a efectos de comunicarle, que conforme lo dispuesto en el art. 470 del C.Pr., la perito Contadora María Florencia Palluzzi San Juan ha sido removida del cargo para el que fuera designada en las presentes actuaciones, ello debido a que la mencionada profesional no presentó el dictamen pericial conforme le fuera ordenado.

Se adjuntan fotocopias certificadas de las piezas pertinentes.-

Dios guarde a Ud.-

Rosana Calvetti

Juez

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