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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 40663
Fecha: 2012-06-04
Carátula: CATALAN Daniel Cesar C/ MUNICIPALIDAD GRAL. ROCA y otros S/ ORDINARIO
Descripción: se fijan nuevas audiencias
oficio
General Roca, 04 de junio de 2012.s-
Téngase presente lo peticionado y atento las constancias de autos, fíjase nueva audiencia de prueba para los días 18 y 19 de septiembre de 2012 a las 8,30 hs. Notifíquese mediante cédula.-
Para la confesional de MARCELO CHANDIA, estése a la audiencia de prueba fijada precedentemente del día 18 de septiembre de 2012 a las 8,30 hs. a la que deberá comparecer bajo apercibimiento de tenerlo por confeso en caso de incomparecencia injustificada. Notifíquese mediante cédula.
Para la declaración testimonial de MARIA LAURA FERNÁNDEZ, RITA ENRIA, JUAN ANGEL ROJAS, fíjase como primera audiencia la del 18 de septiembre de 2012 a las 8,30 hs. bajo apercibimiento de ser traídos por la fuerza pública a la audiencia complementaria que se fijará oportunamente y a petición de las partes. Notifíquese con transcripción del art. 431 CPC a cuyo efecto líbrense cédulas.-
Para la declaración testimonial de RAUL ALFREDO ROMERO, RAUL VICTOR HERRERA y JUAN EUSTAQUIO MERCADO, fíjase como primera audiencia la del 19 de septiembre de 2012 a las 8,30 hs., bajo apercibimiento de ser traídos por la fuerza pública a la audiencia complementaria que se fijará oportunamente y a petición de las partes. Notifíquese con transcripción del art. 431 CPC a cuyo efecto líbrense cédulas.-
Para la absolución de posiciones de DANIEL CESAR CATALÁN, estése a la audiencia de prueba fijada precedentemente el día 18 de septiembre de 2012 a las 8,30 hs. a la que deberá comparecer bajo apercibimiento de tenerlo por confeso en caso de incomparecencia injustificada. Notifíquese mediante cédula. .
Para la declaración testimonial de GUILLERMO LEON, RICARDO JOSÉ SOTO, fíjase como primera audiencia la del 18 de septiembre de 2012 a las 8,30 hs. bajo apercibimiento de ser traídos por la fuerza pública a la audiencia complementaria que se fijará oportunamente y a petición de las partes. Notifíquese con transcripción del art. 431 CPC a cuyo efecto líbrense cédulas.-
Para la declaración testimonial de LUCAS ORTEGA y JUAN BAUTISTA MUÑOZ, fíjase como primera audiencia la del 19 de septiembre de 2012 a las 8,30 hs., bajo apercibimiento de ser traídos por la fuerza pública a la audiencia complementaria que se fijará oportunamente y a petición de las partes. Notifíquese con transcripción del art. 431 CPC a cuyo efecto líbrense cédulas.-
Para la declaración testimonial de SILVIO JORGE NAVONE y NICOLAS BEOVIDE, fíjase como primera audiencia la del 19 de septiembre de 2012 a las 8,30 hs., bajo apercibimiento de ser traídos por la fuerza pública a la audiencia complementaria que se fijará oportunamente y a petición de las partes. Notifíquese con transcripción del art. 431 CPC a cuyo efecto líbrense cédulas.-
Dra. ADRIANA MARIANI
Juez Subrogante
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Poder Judicial de Río Negro