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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0077/2012
Fecha: 2012-06-01
Carátula: KUCICH BEATRIZ Y OTRO C/ GUTIERREZ MARIA LETICIA S/ REIVINDICACION (Ordinario)
Descripción: CONTESTA DEMANDA OPONE EXCEPCIONES
EXPTE. Nº 0077/2012
CARATULA: KUCICH BEATRIZ Y OTRO C/ GUTIERREZ MARIA LETICIA S/ REIVINDICACION (Ordinario)
Viedma, junio de 2012.-
Por presentado, parte y constituido el domicilio. Agréguese la documental acompañada.-
Por contestada la demanda en tiempo y forma.-
Por opuestas excepciones, de ellas, de la documental presentada y del pedido de intervención de terceros, córrase traslado a la parte actora por el término de ley. Notifíquese.-
No dándose los supuestos del art. 121 del C.Pr. toda vez que las copias no resultan de dificil reproducción por su extensión para disponer su eximisión, a ella no ha lugar, debiendo en consecuencia acompañarse las copias para traslado correspondientes.-
Hágase saber a los profesionales intervinientes, que deberá cumplir con el aporte dispuesto por los arts. 7 y 8 de la ley 2897 (modif. por ley 4132), bajo apercibimiento de poner en conocimiento al Colegio de Abogados a sus efectos.-
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Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro