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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0817/2008
Fecha: 2012-06-01
Carátula: CONFIAR S.R.L. C/ YNALAF NELLY CLARA S/ EJECUTIVO
Descripción: EMBARGO EN CTAS. BANCOS
EXPTE. Nº : 0817/2008.-
CARATULA: CONFIAR S.R.L. C/ YNALAF NELLY CLARA S/ EJECUTIVO.-
Viedma, junio de 2.012.-
Atento lo solicitado y constancias en autos, trábese embargo sobre las sumas de dinero que la accionada sra. Nelly Clara Ynalaf, DNI Nº 12.757.910, tenga o tuviere en cuentas corrientes, cajas de ahorro, plazos fijos, transferencias, giros y/o cualquier otro concepto, siempre y cuando dichos fondos no provengan del pago de haberes del demandado, ya sea tanto como activo o pasivo, en los Bancos: Patagonia SA, Santander Río SA, Macro SA, Nación Argentina e Hipotecario SA, hasta cubrir la suma de $ 1.177 en concepto de capital, incluídos los honorarios, con más la suma de $ 1.450 que se presupuestan provisoriamente para cubrir intereses, costos y costas del juicio. A tal fin líbrense oficios a las entidades bancarias mencionadas, bajo responsabilidad de la parte, haciéndose saber que la suma embargada deberá ser depositada en una cuenta judicial a nombre de la suscripta y como perteneciente a estos autos, en el Banco Patagonia S.A. -sucursal Viedma-. Tiénese presente las personas facultadas para el diligenciamiento del oficio ordenado.-
jc
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro