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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 15580IV
Fecha: 2005-06-14
Carátula: ALTUBE Juan José S/Sucesión S/ Reconstrucción
Descripción: Reconstrucción
//neral Roca, 14 de JUNIO de 2005.-
Certificando en este acto la actuaria que se ha efectuado prolija búsqueda en Secretaría del expte. de referencia con resultado negativo, atento lo dispuesto por el art. 129 del CPC, procédase a su reconstrucción.-
A los fines del art. 129 del CPC, inc. 3, certifique la actuaria sobre la existencia de la documentación de la causa en el Tribunal y procédase a agregar cronológicamente copia de la misma y de las resoluciones y actuaciones que obren en Secretaría.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
CERTIFICO:
Que en Secretaria no obra documentación correspondiente a la presente sucesión.-
Secretaría, 14 de JUNIO de 2005.-
Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria
//neral Roca, 14 de JUNIO de 2005.-
Atento las constancias de autos y lo dispuesto por el art. 129 del CPC, intímese a la presentante para que en el plazo de CINCO días presente las copias de los escritos, documentos y diligencias que se encontraren en su poder y que correspondieren a estas actuaciones cumplidas en el expte. perdido.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro