Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0842/2011

N° Receptoría:

Fecha: 2012-05-31

Carátula: GARCIA CLAUDIA ESTHER C/ SAN MARTIN PALMA MIGUEL ALEJANDRO Y OTROS S/ DESALOJO (Sumarísimo)

Descripción: CONTESTGA TRASLADO-PROV.

EXPTE. Nº : 0842/2011.-

CARATULA: "GARCIA CLAUDIA ESTHER C/ SAN MARTIN PALMA MIGUEL ALEJANDRO Y OTROS S/ DESALOJO (Sumarísimo)".-

VIEDMA, mayo de 2012.-

A los fines de un mejor ordenamiento procesal, fórmese segundo cuerpo a partir de la foja 212.-

Proveyendo a fs. 217/222: Por contestado en tiempo y forma el traslado conferido a fs. 211, tiénese presente para su oportunidad.-

A la medida cautelar peticionada, estése al cumplimiento de lo ordenado a fs. 211 primer párrafo.-

Certifíquese por Secretaría la copia obrante a fs. 27.-

Proveyendo el escrito precedente: Agréguese y certifíquese la documental presentada, devolviendo los originales a su presentante.-

R.B.

Rosana Calvetti

Juez

NOTA: De haber cumplimentado lo ordenado precedentemente, habiéndose devuelto el original de la tarjeta de identificación del vehículo. Conste.-

Secretaría, de mayo de 2012.-

Ana Carolina Scoccia

Secretaria

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro