Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0123/2007

N° Receptoría:

Fecha: 2012-05-31

Carátula: CONFIAR S.R.L. C/ GHISLA ELIANA MABEL S/ EJECUTIVO

Descripción: APROBACION DE LIQUIDACION-embargo

EXPTE. No 0123/2007

CARATULA: CONFIAR S.R.L. C/ GHISLA ELIANA MABEL S/ EJECUTIVO

Viedma, mayo de 2012.-

Agréguese.-

Atento lo peticionado y habiendo vencido el traslado de la liquidación conferido a fs. 52 vta. sin que la contraparte haya opuesto objeción alguna, apruébasela, descontado que fuera el rubro sellado por la gratuidad del trámite ante el Juzgado de Paz, en cuanto ha lugar por derecho en la suma de $ 432,95 en concepto de intereses de honorarios y de capital, sellado del documento y aporte a Caja Forense, al 26/04/12.-

Atento lo solicitado, trábese embargo en las proporciones de ley sobre los haberes que percibe la demandada Eliana Mabel Ghisla como empleada del Ministerio de Educación y Cultura de la Provincia de Río Negro hasta cubrir la suma de $ 432,95 en concepto de liquidación aprobada, con más la suma de $ 700 presupuestada provisoriamente para responder a intereses, costas y costos de la ejecución. A tal fin, líbrese oficio a la institución mencionada precedentemente, haciéndole saber que la suma embargada deberá ser depositada en una cuenta judicial a nombre de la suscripta y como perteneciente a estos autos en el Banco Patagonia S.A.. Tiénese presente la persona autorizada para diligenciar el oficio ordenado.-

Toda vez que el saldo de la cuenta de autos que surge de fs. 49 no se corresponde con la constancia incorporada a fs. 53, requiérase al Banco Patagonia S.A. que informe con relación a ello. Ofíciese.-

Rosana Calvetti

Juez

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Poder Judicial de Río Negro