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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 41631
Fecha: 2012-05-31
Carátula: MOÑO AZUL S.A.C.I.A. C/ DUCA Osvaldo Americo S/ DESALOJO (Sumarísimo)
Descripción: REBELDIA
General Roca, 31 de Mayo de 2012.-g
Conforme con lo solicitado, certificando la Actuaria en ese acto, que el término acordado al accionado para contestar la demanda y comparecer a estar a derecho se encuentra vencido, sin que lo hubiere efectuado, désele por perdido el derecho que para hacerlo tenia y en mérito a lo solicitado, haciendose efectivo el apercibimiento que dispone el art. 59 del C.P.C.y C. declárase rebede en el juicio al demandado Osvaldo Americo Duca.- Notifiquese esta providencia en la forma prevista por la citada disposición legal.-
Dr. JOSÉ LUIS RODRIGUEZ
Juez Subrogante
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Poder Judicial de Río Negro