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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0342/2012
Fecha: 2012-05-29
Carátula: CAMBRUZZI PROSPERO Y BELLISOMI MARIA ANGELA S/ SUCESION AB INTESTATO
Descripción: INICIA SUCESION
EXPTE. Nº: 0342/2012.-
CARATULA: "CAMBRUZZI PROSPERO Y BELLISOMI MARIA ANGELA S/ SUCESION AB INTESTATO".-
Viedma, mayo de 2.012.-
Por presentados, parte y por constituido el domicilio.-
Agréguese la documentación acompañada.-
Estando prima facie acreditada la legitimación y resultando que el Juzgado es competente para entender en el proceso, a mérito de la partida de defunción acompañada, declaro abierto el juicio sucesorio intestado de PROSPERO CAMBRUZZI y de MARIA ANGELA BELLISOMI.-
Publíquense edictos por tres días en el Boletín Oficial y en el diario Río Negro citando a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el mismo, para que dentro de treinta días lo acrediten. Oportunamente dése intervención a Fiscalía de Estado y al Ministerio Público Fiscal (arts. 689, 690, 693, 699 y ccdtes. del C.P.C.C.) líbrese oficio al Registro de la Propiedad Inmueble a los fines previstos por el art. 6 de la ley 133.-
Inscríbase la presente sucesión en el Registro Público de Juicios Universales.-
Surgiendo de las constancias de autos que los causantes eran casados, acompáñese la partida de matrimonio.-
Sin perjuicio de ello, manifiéstese respecto a la posible existencia de otros presuntos herederos, y en su caso, denuncie los domicilios.-
Conforme lo dispone el art. 40 del C.Pr. denúnciese el domicilio real del presentante.-
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Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro