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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0639/2006
Fecha: 2012-05-28
Carátula: CARDOZO CATALINA MARGARITA Y OTROS C/ BANCO HIPOTECARIO S.A. S/ ORDINARIO
Descripción: DEJA SIN EFECTO LLAMADO DE AUTOS
EXPTE. Nº 0639/2006
CARATULA: CARDOZO CATALINA MARGARITA Y OTROS C/ BANCO HIPOTECARIO S.A. S/ ORDINARIO
Viedma, mayo de 2.012.-
Advirtiendo que en su escrito oponiendo excepciones de fs. 485/489 el Banco Hipotecario S.A. ofreció prueba a fin de acreditar los fundamentos expuestos y que ésta no fue oportunamente proveída, deviniendo de vital relevancia dicha información a la hora de resolver el planteo efectuado, en uso de las facultades previstas en el art. 36 y cc del CPCC, a los fines de evitar posibles nulidades, líbrese oficio al Superior Tribunal de Justicia, Secretaría Civil, a fin que informe el estado procesal del expediente que tramita bajo el Nº 25676/11-STJ.-
En consecuencia, déjase sin efecto el llamado de autos dispuesto a fs. 497.-
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro