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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 1130/2010
Fecha: 2012-05-22
Carátula: ARGHITTU FRANCO MARCOS C/ HULUA S.A. Y OTRA S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)
Descripción: no ha lugar - debe abonar
EXPTE. Nº 1130/2010
CARATULA: ARGHITTU FRANCO MARCOS C/ HULUA S.A. Y OTRA S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)
Viedma, mayo de 2.012.-
Por contestada la vista conferida.-
Atento las razones expuestas por la Dirección General de Rentas, teniendo especialmente en cuenta el nacimiento de la obligación del actor al pago del sellado en cuestión y toda vez que el goce provisorio del beneficio de litigar sin gastos es para la tramitación de las actuaciones, a lo solicitado a fs. 37 no ha lugar. En consecuencia, cúmplase con lo dispuesto a fs. 26.-
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro