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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0349/2004
Fecha: 2006-03-10
Carátula: PROVINCIA DE RIO NEGRO C/ FAVEZ LAURENT HENRY Y OTRO S/ ORDINARIO
Descripción: prov
EXPTE. N° 0349/2004
CARATULA: PROVINCIA DE RIO NEGRO C/ FAVEZ LAURENT HENRY Y OTRO S/ ORDINARIO
Viedma, marzo de 2006.-
Por presentado el sr. Julio César Crespo, parte y domiciliado.-
De los planteos de inconstitucionalidad y caducidad de instancia formulados córrase traslado a la contraria por el término de ley. Notifíquese.-
En su mérito, cése la rebeldía decretada a fs. 25.-
Hágase saber a los profesionales intervinientes, que deberá cumplir con el aporte dispuesto por los arts. 7 y 8 de la ley 2897, bajo apercibimiento de poner en conocimiento al Colegio de Abogados a sus efectos.-
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro